Escrito por Wilma Arellano Lunes, 16 de Enero de 2012 21:44
Hace más de un año, en junio de 2010, escribía en este mismo espacio que había sido publicada la Ley Federal de Protección de Datos Personales en México. Gracias a esa legislación, en este país se tiene, además del reconocimiento constitucional a este derecho (artículo 16), una legislación que lo desarrolla. Hace apenas un mes fue publicado el Reglamento de dicha Ley que, aunque con retraso, viene a completar un marco jurídico en la materia, que sin duda será de mucho beneficio en la consolidación de los derechos fundamentales de los mexicanos.
El objetivo de este marco es garantizar que la información personal de todos nosotros no sea mal utilizada por los particulares que la recaban, que la traten y protejan debidamente y que medie el consentimiento del titular para que ese tratamiento sea legítimo.
La Ley obliga a todas las personas físicas o jurídicas que posean información personal de sus clientes con fines comerciales o de divulgación. Es por ello que quedan o quedamos exentas las personas que tengamos información de personas, pero con fines exclusivamente privados, como es el caso de una agenda telefónica o de contactos.
Por su parte, los sujetos protegidos por la Ley somos todos, ya que al ser un derecho que aparece en el texto constitucional, es una garantía individual o un derecho humano que no puede negársele a nadie.
El Reglamento de la Ley permite ampliar las condiciones bajo las cuales deben recopilarse datos personales, tratar las bases de datos ya existentes y establecer una serie de medidas de seguridad y reglas para este tratamiento y para las transferencias internacionales de datos.
En el caso de México, no contamos con una agencia específica para el tema que nos ocupa, que hubiese sido homóloga de la AEPD. Sin embargo, es el Instituto Federal de Acceso a la Información el designado por la Ley y dotado de atribuciones para constituirse en el órgano garante de este derecho y ante el cual se pueden ejercer aquellos que se derivan del mismo: los de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de datos (derechos ARCO).
Pero además, hay una autoridad que tiene atribuciones en la materia y se trata de la Secretaría de Economía, que será el órgano regulador y fomentará la cultura de protección de datos entre el sector empresarial, con un fuerte componente de autorregulación, tal y como lo manda la legislación en comento.
Con todo, es partir de este mes cuando los mexicanos podamos iniciar el ejercicio de derechos ARCO, sabes dónde están nuestros datos, quién y cuáles tiene, además de solicitar su modificación si están incompletos o son inexactos.
Última actualización el Lunes, 16 de Enero de 2012 21:50Dra. en Derecho de la Información por la Universidad Complutense de Madrid, con especialidad en Derecho de las telecomunicaciones e Internet. Investigadora de tiempo completo en el centro de investigación INFOTEC. Es Profesora de la Maestría en Derecho Administrativo en el posgrado en Derecho de la Universidad Panamericana y en la Maestría de Derecho de la Información de la Universidad Michoacana. Impartió sesiones del módulo Telecomunicaciones en el Diplomado de Derecho de las TIC del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y es también profesora de la Maestría en Tecnologías de la Información de la Universidad La Salle.
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